Estado de Alarma: cómo nos va a afectar en el día a día la batalla contra el coronavirus
Andrés P. Mohorte
El Gobierno de España acaba de declarar elEstado de Alarma. Es una medida excepcional, una de las tres contempladas por la Constitución, y tan sólo aplicada una vez en toda la historia de la democracia española. Sucedióen 2010, durante la huelga de controladores aéreos, cuando el ejecutivo consideró una emergencia nacional la apertura del espacio aéreo y la toma de las torres de control.
La carta magnadescribe las atribucionesdel gobierno durante el Estado de Alarma de forma laxa y breve. Su aplicación se prolongará durante los próximos quince días, tras consulta con el Congreso de los Diputados, y su aplicación tiene efecto inmediato. Se encuentra un peldaño por debajo de los Estados de Excepción y de Sitio, jamás aplicados y habilitantes a una serie de poderes ejecutivos de carácter extraordinario.
¿Pero qué va a suceder a partir de ahora?
La crisis del coronavirus ha obligado a medidas extremasen numerosos países, y España, en plena escalada de contagios y ante la dispersión de múltiples focos no controlados, no es una excepción. Limitar lalibertad de movimientos, decretar el cierre de determinados establecimientos y “asegurar” el abastecimiento de alimentos son poderes sólo alcanzables, o mejor alcanzables, mediante un Estado de Alarma.
Indudablemente, la decisión del gobierno va a tener consecuencias inmediatas en nuestro día a día. Su principal función, de hecho, es esa. Este es un breve listado de ámbitos vitales que cambiarán durante las próximas dos semanas. Así nos va a afectar (y así no).
¿Puedo salir a la calle?
Sí, pero las autoridades se reservan el privilegio de “imponer límites a la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados”, siguiendo lo estipulado en laLey Orgánica 4/1981, el texto que desarrolla los preceptos contemplados por la CE.
Esto significa que, en una hipotética circunstancia de descontrol epidémico, el gobierno podría cerrar calles o barrios enteros, confinando a sus vecinos dentro de los hogares. En la práctica parece poco probable, al menos de momento. Las medidas seguramente se encaminen a cercarregiones enteras(como la Comunidad de Madrid o el País Vasco, particularmente afectados) mediante el cierre de las vías de comunicación.
Aquí sí la libertad de movimientos se verá gravemente coartada mediante las fuerzas de seguridad. Algo que ya ha sucedidoen Igualada(competencia del Govern) y que puede suceder en las autovías radiales que vertebran Madrid y que funcionan como válvula de escape para la capital.
Un posible escenario de control en las calles: se permite la estancia en la vía pública sólo tras acreditar determinados requisitos y tras obtener unaautorizacióndel estado. Es lo que ahora mismo sucede en Italia. Aquellos que no puedan trabajar desde casa o que se encuentren en una emergencia sanitaria tienen a su disposición “autocertificazioni”, permisos a mostrar frente a las autoridades cuando se sale de casa.
¿Se puede desplegar al ejército?
Sí, y el gobierno ya ha afirmado que lo piensa hacer.
Los estados de alarma, excepción y sitio son mecanismoscontemplados"cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades competentes". Una pelota botando para la intervención de las fuerzas del estado. No está claro qué rol adoptará, eso sí.
En 2010 fueron claves e instrumentales en la declaración del Estado de Alarma. Ante la huelga de los controladores civiles, el gobierno utilizó a los militares en todos los aeropuertos del país.
¿Se puede intervenir la economía?
Sí. Es otro de los aspectos cruciales del Estado de Alarma. La ley permite “practicar requisas temporales de bienes”, como la anunciadapor Franciahace algunos días en relación a las mascarillas y a los geles desinfectantes; “imponer prestaciones personales obligatorias”, o lo que es lo mismo, expropiaciones temporales en beneficio del interés general; u “ocupar transitoriamente todo tipo de industrias y explotaciones”.
El gobierno no ha detallado si se acogerá a estos supuestos. Es posible que sí. Una hipótesis es el requisamiento de las instalacionesmédicas privadas. Tanto la Comunidad Valenciana como la Comunidad de Madridya han tomadoel control de los hospitales privados, ante la insuficiencia del sistema público,como bien sabe Italia. El estado puedellamar a filasa médicos retirados, por ejemplo, como ya está sucediendo.
Más supuestos, uno que sí afecta de forma directa a la actividad económica: el Estado de Alarma permite “racionar el consumo de artículos de primera necesidad” y ofrece instrumentos para asegurar el abastecimiento de la población. En una circunstancia extrema, podría “impartir las órdenes necesarias” a los agentes privados para limitar y asegurar la viabilidad de tal o cual producto (como el papel higiénicoo las mascarillas).
Dicho de otro modo, el Estado de Alarma codifica un mensaje del gobierno a sus ciudadanos: “Las colasen el Mercadona son innecesarias, el abastecimiento está asegurado”.
¿Se han suspendido mis derechos?
No, pero a falta de medidas concretas sí se pueden limitar algunos de ellos. El más evidente es el de movimiento. ¿Pero cómo nos puede afectar a la hora de lidiar con la autoridad?En 2010, los controladores aéreos quedaron “sometidos a las órdenes directas de las autoridades designadas por el decreto y a las leyes penales ydisciplinares militares”. Es algo que podría suceder en determinadas áreas o industrias.
La ley lo formula de este modo:
“Servicios extraordinarios” sí, pero no la limitación de las libertades civiles más fundamentales. En ese sentido, el Estado de Alarma queda muy lejos de las provisiones contempladas por elEstado de Excepción o de Sitio, donde la “suspensión” de derechos se contempla explícitamente. En aras de mantener el orden público, por ejemplo, el de Excepción permite:
Entre otros. Mucho más lejos llega el de Sitio, que contempla “la máxima restricción de derechos fundamentales” y habilita poderes casi totales a los poderes del Estado, fundamentalmente al ejército (“implica una militarización de la situación de anormalidad”). Nada de esto se contempla para el Estado de Alerta, extremadamente laxo en relación a los derechos fundamentales y muy poco invasivo para los ciudadanos.
El Estado de Alarma sólo ofreceatribuciones extraal gobierno, dentro de un marco legal reforzado. Una suerte degobierno con esteroidesque ante todo aúna y centraliza en una sola autoridad la respuesta a una crisis gigantesca, sin suspender derechos o el orden constitucional.
Imagen: Joan Mateu/AP